No
les ha pasado que vas por la calle y de repente las demás personas comienzan a
chiflarte o decirte niña, mariposa, marica… pues bien según la ley 1482, sancionada el 01 de Diciembre, esta clase de discriminación o burla tendrá cárcel en Colombia.
El
proceso penal puede llevar a una persona a la prisión y hablamos de una condena
de 36 meses de cárcel y multado hasta por 15 salarios mínimos legales vigentes.
La
ley estipula como circunstancias de agravación punitiva seis casos: que la
conducta se ejecute en espacio público, establecimiento público o lugar abierto
al público; que se realice a través de la utilización de medios de comunicación
de difusión masiva; que sea realizada por un servidor público o que se efectúe
con ocasión de la prestación de un servicio público; o esté orientada a negar o
restringir derechos laborales.
Es también motivo de aumento de pena, que la acción esté dirigida contra un
niño, niña, adolescente o persona de la tercera edad.
Vía: El Universal de Cartagena
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